PAZ DE LOS PIRINEOS (1659)

Los Montes Pirineos, que habían dividido antiguamente las Galias de las Españas, harán también en adelante la división de estos dos Reinos; por tanto se ha convenido, y acordado, que dicho Señor Rey Cristianísimo, quedará en posesión, y gozará efectivamente en todo el Condado y veguería de Rosellón; del Condado, y veguería de Conflans, países, ciudades, plazas y castillos, villas, aldeas, y lugares, que componen dichos condados, y veguerías de Rosellón y Conflans; y quedarán al Señor Rey Católico todo el principado de Cataluña con las veguerías, plazas, ciudades, castillos, villas, aldeas, lugares, y países, que componen el dicho principado de Cataluña.